AJUSTE SALARIAL DE FUNCIONARIOS POLICIALES. ENERO 2011. PARTIDAS EXCLUIDAS PARA EL CALCULO DEL AUMENTO




Promulgación: 15/02/2011
Publicación: 23/02/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 365
Referencias a toda la norma
VISTO: los artículos 207 y 261 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de
2010 y el Decreto N° 33/011 de 24 de enero de 2011.

RESULTANDO: I) que las normas legales citadas precedentemente facultan al
Poder Ejecutivo a incrementar las retribuciones del personal del Inciso 04
Ministerio del Interior, en hasta un determinado porcentaje máximo sobre
las retribuciones vigentes al 1° de enero de 2010.

II) que por el Decreto mencionado se estableció en todos los casos el
porcentaje máximo autorizado por ley sin especificar los conceptos
incluidos a los efectos de la determinación de ese porcentaje de aumento.

CONSIDERANDO: I) que para el ejercicio 2011 se aprobaron partida de $
727:421.542 (setecientos veintisiete millones cuatrocientos veintiún mil
quinientos cuarenta y dos pesos uruguayos) y $ 2:975.778 (dos millones
novecientos setenta y cinco mil setecientos setenta y ocho pesos
uruguayos) que incluye aguinaldo y cargas legales a efectos de financiar
los aumentos de referencia.

II) que a efectos de aplicar el porcentaje máximo a las retribuciones
vigentes a 1° de enero de 2010, se excluyeron algunos conceptos
retributivos y por tanto corresponde explicitar los criterios utilizados a
efectos de la fijación del porcentaje de incremento retributivo.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                     Actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Exclúyense de las retribuciones vigentes al 1ro. de enero de 2010, para
el cálculo de los porcentajes de incremento salarial establecidos a partir
del 1ro. de enero de 2011 al amparo de los artículos 207 y 261 de la Ley
N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010, los beneficios sociales y los
siguientes objetos del gasto:

Código    Denominación
041.002   Permanencia en el grado escalafón policial
042.009   Comp. oblig. permanencia A118L 16320 e inc.1 y 2 A36L16462
042.059   Comp. prima eq. a 5,10 o 13% M. Interior-L.16333 A.21
043.020   Por func. pol. ejec. pers. su estab. carcelario y com. A.94
          L17930
044.001   Prima por antigüedad
048.014   Diferencial aumento policial A.181L-16713/L16736
048.018   Complemento por no alcanzar el mínimo Dec. 256/004
042.121   Comp. por asiduidad-técnicos-MI

Artículo 2

 En el caso de los objetos 042.009 "Comp. oblig. permanencia A 118 L.
16.320 e inc. 1 y 2 A 36 L.16.462" y 048.014 "Diferencial aumento policial
A. 181 L. 16.713/L. 16.736" la exclusión será de aquellos subauxiliares
que determine el Ministerio del Interior.

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese, etc.

JOSÉ MUJICA - EDUARDO BONOMI - ROBERTO CONDE - FERNANDO LORENZO - GABRIEL CASTELLÁ - RICARDO EHRLICH - ENRIQUE PINTADO - ROBERTO KREIMERMAN - EDUARDO BRENTA - DANIEL OLESKER - TABARÉ AGUERRE - HÉCTOR LESCANO - GRACIELA MUSLERA - ANA MARÍA VIGNOLI
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