VISTO: lo dispuesto en los artículos 27º y siguientes y 709º y siguientes
de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996.-
RESULTANDO: I) que en el marco de la Reforma del Estado, ha sido aprobada
la reformulación de la estructura organizativa de la Unidad Ejecutora 011
-Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable- del Inciso 11
"Ministerio de Educación y Cultura", por Decreto del Poder Ejecutivo Nº
237/997, de 17 de julio de 1997.-
II) que de conformidad con el mismo, la Unidad Ejecutora ha presentado el
proyecto de estructura de cargos y contratos de función pública así como
el correspondiente a la reasignación presupuestaria de los créditos
resultantes de las economías generadas como consecuencia de la
reformulación de su estructura organizativa.-
CONSIDERANDO: I) que los artículos 710º y 713º de la Ley Nº 16.736 de 5
de enero de 1996, autorizan a modificar la estructura de cargos y
contratos de función pública de las unidades ejecutoras, a fin de
adecuarla a los requerimientos de la nueva estructura organizativa, y,
conjuntamente, a reasignar los créditos presupuestarios.-
II) que los artículos 725º a 727º de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de
1996 y el Decreto Reglamentario Nº 468/997, de 11 de diciembre de 1997,
establecen la forma de determinar las economías derivadas de la
reformulación organizativa y su correspondiente reasignación.-
III) que el artículo 27º de la citada Ley, crea el premio por desempeño
excelente y muy bueno consistente en una única cantidad anual
equivalente, respectivamente, al 10% y 3% de la suma de la retribución
anual nominal percibida por los funcionarios.-
IV) que el artículo 28º del referido texto legal y el Decreto Nº 468/997
citados, establecen las fuentes de financiamiento del premio por
desempeño excelente y muy bueno.-
V) que las economías cuyo objetivo sea atención de necesidades
salariales, tendiendo a corregir iniquidades de remuneración existentes,
deberán destinarse a compensar a los funcionarios que cumplan tareas de
mayor responsabilidad y especialización.-
VI) que la reasignación de los recursos de las economías resultantes de
la reformulación organizativa de acuerdo a los destinos establecidos por
la Ley y los Decretos citados, permitirá aumentar la productividad de la
Administración, fortaleciendo la capacidad de su gestión en las áreas
sustantivas y en las de apoyo a éstas, sin que ello implique un
incremento en el total de las asignaciones presupuestarias, ni en sus
dotaciones de personal.-
VII) que la aprobación de estos proyectos, cumple con etapas previstas en
el Plan de Implantación de la estructura organizativa.-
VIII) que los proyectos presentados han sido analizados por el Comité
Ejecutivo para la Reforma del Estado (CEPRE), el que ha entendido que
cumplen con los objetivos de racionalización perseguidos.-
IX) que de acuerdo con lo informado por el Comité Ejecutivo para la
Reforma del Estado (CEPRE), corresponde que el Poder Ejecutivo proceda a
su aprobación.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a las normas citadas.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase la estructura de cargos y contratos de función pública de
la Unidad Ejecutora 011 -Instituto de Investigaciones Biológicas
Clemente Estable- del Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura",
de acuerdo al detalle de la planilla adjunta que forma parte
integrante del presente Decreto. (*)
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 71/999 de
09/03/1999.
Ver en esta norma, artículo:2.