Fíjanse a partir del 1º de octubre de 1985 y hasta el 31 de enero de 1986 los siguientes salarios mínimos por categoría con carácter nacional: Sereno N$ 8.700 (nuevos pesos ocho mil setecientos) mensuales.
Capataz N$ 8.700 (nuevos pesos ocho mil setecientos) mensuales, Peón vareador por el cuidado de dos caballos N$ 8.700 (nuevos pesos ocho mil setecientos) mensuales, Peón vareador por el cuidado de tres caballos N$ 11.000 (nuevos pesos once mil) mensuales.