MODIFICACION DEL DECRETO 329/016 SOBRE INVERSION EN ACTIVIDADES DE CONSTRUCCION Y VENTA DE INMUEBLES QUE SE DETERMINAN




Promulgación: 10/01/2017
Publicación: 18/01/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el Decreto N° 329/016 de 13 de octubre de 2016.

   RESULTANDO: I) que el referido decreto declara promovida al amparo de la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998, las actividades de construcción y venta de inmuebles con destino a vivienda permanente o esporádica, correspondientes a proyectos de gran dimensión económica.

   II) que se han efectuado planteos por parte del sector de la construcción, sobre la necesidad de ampliar el elenco de inversiones elegibles y el período de aplicación.

   CONSIDERANDO: I) que es conveniente incluir dentro de la definición de actividad promovida los proyectos de construcción con destino a oficinas así como a las obras paralizadas que cumplen con la condición objetiva;

   II) que es conveniente adecuar el plazo para el cómputo de las inversiones efectivamente ejecutadas a 36 (treinta y seis) meses móviles para considerar el tiempo que insumen las habilitaciones correspondientes.

   ATENTO: a lo dispuesto y a que se cuenta con la opinión favorable de la Comisión de Aplicación a que refiere el artículo 12 de la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 329/016 de 13/10/2016 
artículo 1.

   TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI
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