DETERMINACION DEL NUMERO DE INTEGRANTES DE LAS MISIONES OFICIALES




Promulgación: 02/01/2009
Publicación: 28/01/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 26

Artículo 3

 Los Incisos de la Administración Central deberán presentar a la
Secretaría de la Presidencia, antes del 15 de enero de 2009, la nómina de
misiones y comisiones planificadas para ese ejercicio con indicación del
costo estimado asociado a cada una de ellas. Sólo serán remitidos a
refrendo aquellos Proyectos de Resolución que respondan a misiones
incluidas en la nómina y que hayan contado con el visto bueno de la
Presidencia de la República.
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