CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 2 COMERCIO MINORISTA DE LA ALIMENTACION. SUBGRUPO BARES CERVECERIAS VENTA DE PIZZA Y FAINA DESPACHO DE BEBIDAS REPOSTERIAS CONFITERIAS SIN PLANTA DE ELABORACION Y HELADERIAS
Establécese una prima por antigüedad, del 1% anual y mensual sobre el salario de cada categoría fijado en la planilla para los trabajadores con una antigüedad en la misma empresa mínima de tres años, con un límite de
10 años. Se computará la antigüedad generada a la fecha en cada empresa
hasta un máximo de cinco años, percibiéndose la misma a partir del 1°de octubre de 1985, (es decir antigüedad generada desde 1980).