REGLAMENTACION SOBRE LAS LIMITACIONES AL CONTENIDO DE PLOMO EN PINTURAS Y BARNICES




Promulgación: 15/02/2011
Publicación: 23/02/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 358
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.775 de 20/05/2004 artículo 5.

Artículo 3

 (Exclusiones). Quedan excluidas de la prohibición referida en el artículo
1° del presente, las pinturas, barnices y materiales similares de
recubrimiento de superficies, de uso en:

a)     Equipamientos agrícolas e industriales;
b)     Estructuras metálicas industriales, agrícolas y comerciales;
c)     Puentes y obras portuarias;
d)     Demarcaciones y señalizaciones de tránsito y seguridad;
e)     Vehículos automotrices, aviones, embarcaciones y ferrocarriles; y,
f)     Mantenimiento o restauración de obras de arte, antigüedades,
       edificios y otros de valor histórico o artístico.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 11, 13 y 17.
Ayuda