Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: el artículo 49 de la ley 13.737 de fecha 8 de enero de 1969, así
como la Resolución del Poder Ejecutivo 42.611 de fecha 8 de abril de 1969,
por la que se autorizó el reintegro por concepto d equipos para Oficiales.
Resultando: I) Que la liquidación de las sumas por el precitado concepto
resulta a la fecha insuficiente para cumplir con el objetivo propuesto,
por lo que es conveniente aumentarla a tales efectos;
II) Que el referido importe es atendido con cargo al Rubro 2.00
"Materiales y suministros", siendo consecuentemente actualizado de acuerdo
a lo establecido por el artículo 69 de la ley 15.809 de 8 de abril de
1986.
Atento: a lo precedentemente expuesto.
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Fíjase a partir del 1º de enero de 1992, en N$ 300.000,00 (Nuevos pesos
trescientos mil), el reintegro por concepto de equipos reglamentarios,
pagadero en forma mensual, a los Oficiales de las Fuerzas Armadas,
Oficiales de Reserva incorporados y Oficiales Reincorporados.
LACALLE HERRERA - MARIANO R. BRITO - IGNACIO DE POSADAS