COMERCIO EXTERIOR - IMPUESTO ADUANERO UNICO A LA IMPORTACION




Promulgación: 22/12/1980
Publicación: 08/01/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1980
  •    Página: 1619

Artículo 3

   La tasa global arancelaria del 26% se aplicará sobre el valor del bien
en aduanas en el momento de iniciar la gestión de importación y se
determinará conforme a los principios establecidos en la ley 14.629, de
5 de enero de 1977.
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