CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 1 COMERCIO. SUBGRUPO FRUTAS Y VERDURAS SECTOR PACKING




Promulgación: 27/11/1985
Publicación: 26/12/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 7

   Establécese que los precios de los bienes y/o servicios de la 
actividad privada no podrán ser incrementados en más del 18% de la incidencia de los salarios en la estructura de costos de cada empresa, 
por concepto del incremento de los ingresos del personal otorgado por el presente decreto.
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