El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Artículo 7
Las Instituciones del Estado brindarán a la Comisión Honoraria de Lucha contra el Cáncer toda la colaboración que sea menester para el cumplimiento de los cometidos sustantivos y específicos establecidos. Las Unidades Ejecutoras de ASSE, los Centros Departamentales de Salud Pública del interior del país y las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, también prestarán la colaboración que les sea requerida por los Movilizadores Comunitarios de la Comisión Honoraria de Lucha contra el Cáncer o aquella que directamente solicite la mencionada Institución.