CREACION DEL PROGRAMA NACIONAL DE INFORMACION DE MAMOGRAFIAS




Promulgación: 23/02/2015
Publicación: 02/03/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 3

   Establécese como cometido sustantivo del Programa que se crea, el suministro sistematizado de información y medición de los procesos de mamografías en todo el país, de los que se servirá el Ministerio de Salud Pública, la Administración de los Servicios de Salud del Estado y las instituciones de Asistencia Médica Colectiva integrantes del Sistema Nacional Integrado de Salud. Lo dispuesto propenderá al mejor control del diagnostico precoz del cáncer de mama; la reducción de modo significativo de la mortalidad de la población, el aumento de la expectativa de vida por la obtención de diagnósticos más precoces, la curación del mayor número de pacientes, el acceso a tratamientos menos agresivos que si la enfermedad estuviera más avanzada, el mayor número de exploraciones y el aumento de la calidad de vida de las pacientes durante todo el proceso de la enfermedad.
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