CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 1 COMERCIO. SUBGRUPO Nº 2 COMERCIALIZACION DE ARTICULOS PARA EL HOGAR Y MUEBLES AL POR MENOR Y LAS EMPRESAS QUE COMERCIALIZAN AL POR MAYOR Y CUYO GIRO MAYORITARIO ESTE COMPRENDIDO EN ESTE DECRETO
Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 4
Los trabajadores cuyo salario esté integrado por una partida fija (sueldo) y una variable (comisión) recibirán por aplicación de este decreto un incremento porcentual de 23,5% que se calculará y aplicará sobre la remuneración fija sin perjuicio de que el empleador deberá asegurar en todos los casos y entre ambas retribuciones el salario mínimo de la categoría que le correspondiere.