ACTIVIDAD PRIVADA. EMPLEADOS PRIVADOS. INDUSTRIA DE LA CERAMICA. CONSEJOS
DE SALARIOS. CONVENIOS LABORALES. CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO. GRUPO
Nº 38 CEMENTO CERAMICA ROJA REFRACTARIA Y BLANCA. SUBGRUPO CERAMICA
BLANCA ITEM INDUSTRIAL
Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 6
Cuando existan trabajadores no categorizados específicamente en los
Laudos o Decretos del presente grupo salarial, su Consejo determinará por
vía aclaratoria la categoría a la cual deben asimilarse dichos
trabajadores teniendo en cuenta las categorías ya establecidas en esta
rama de actividad.