DESMONETIZACION DE MONEDAS CONMEMORATIVAS




Promulgación: 27/11/1985
Publicación: 03/02/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 1096

Artículo 2

    Las monedas desmonetizadas dejarán de tener curso legal vencidos los
tres meses de dictado el presente decreto, contados a partir del día
siguiente a su publicación en dos diarios de la Capital, lapso durante el
cual, podrán ser canjeadas en el Banco Central del Uruguay.
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