CONVENIOS LABORALES. EMPLEADOS PRIVADOS. GRUPOS DE ACTIVIDAD. CONSEJOS DE SALARIOS. ACTIVIDAD PRIVADA. CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO. GRUPO Nº 46 SERVICIOS GENERALES. SUBGRUPO PORTEROS Y ENCARGADOS DE EDIFICIOS DE PROPIEDAD HORIZONTAL
Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 7
Durante el período comprendido entre el 1º de junio de 1988 y el 31 de
mayo de 1990, ningún otro aumento de salarios otorgado podrá ser
trasladado a los precios de venta de mercaderías, bienes y/o servicios de las empresas que integran el grupo salarial.