AUMENTO DE PASIVIDADES. OCTUBRE 1987




Promulgación: 29/10/1987
Publicación: 07/12/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 600

Artículo 9

 Facúltase al Banco de Previsión Social a ajustar a la Unidad de enero de
nuevos pesos superior el importe líquido de las pasividades, una vez
deducidos los descuentos legales y retenciones para terceros.
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