AUMENTO DE PASIVIDADES. OCTUBRE 1987




Promulgación: 29/10/1987
Publicación: 07/12/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 600

Artículo 5

 El incremento dispuesto para las pasividades otorgadas durante el año
1987, se calculará en forma proporcional al tiempo que medie, computado en
meses, entre la fecha de cese y configuración de causal y el 31 de
diciembre de dicho año.
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