Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: estos antecedentes relacionados con el reajuste de tarifas de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, para los servicios de suministro de agua y saneamiento.
Resultando: que las tarifas vigentes datan del mes de junio de 1990 y la revisión de las mismas se funda en la impostergable necesidad de adecuar los ingresos del citado organismo a las obligaciones que originan la prestación de los referidos servicios públicos.
Considerando: que el incremento tarifario del 22% (veintidós por ciento), presentado por la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, se ha ajustado a las necesidades urgentes de la administración y refleja el aumento de los costos.
Atento: a lo dispuesto por el artículo 11, inciso b) de la ley 11.907 del 19 de diciembre de 1952.
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébanse las siguientes tarifas y normas de pago de la Administración de la Obras Sanitarias del Estado para los servicios de suministro de agua potable y recolección, alejamiento y depuración de aguas servidas, como asimismo complementarias que reglamenten derechos y deberes de los usuarios para el normal cumplimiento de la función específica a dicho organismo. (*)