CONVENIOS LABORALES. EMPLEADOS PRIVADOS. GRUPOS DE ACTIVIDAD. ACTIVIDAD PRIVADA. CONSEJOS DE SALARIOS. CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO. GRUPO Nº 18 INDUSTRIA MOLINERA PANADERIAS Y FABRICACION DE PASTAS FRESCAS. SUBGRUPO FABRICAS DE PASTAS FRESCAS
Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 3
Cuando existan trabajadores no categorizados específicamente en los
laudos o decretos del presente subgrupo, el Consejo de Salarios
determinará la categoría a la cual deben asimilarse dichos trabajadores
teniendo en cuenta las categorías ya establecidas en esta rama de
actividad.