FIJACION DEL PRECIO POR SERVICIO DE EMBARQUE AEROPORTUARIO




Promulgación: 21/11/1978
Publicación: 07/12/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1978
  •    Página: 1024
Ver vigencia:
      Decreto Nº 117/982 Derogada/o de 30/03/1982 artículo 10,
      Decreto Nº 254/981 de 16/06/1981 artículo 9,
      Decreto Nº 584/979 Derogada/o de 16/10/1979.

Artículo 3

 Serán responsables, como agentes de retención del pago del precio a que
refiere el artículo 1º las empresas físicas o jurídicas que realicen el
transporte de pasajeros por vía aérea, quienes depositarán directamente el
importe respectivo en la cuenta de la Dirección General de Infraestructura
Aeronáutica como se establece en el artículo anterior. Dentro del plazo
establecido en ese artículo deberá presentarse en la Contaduría de la
Dirección General de Infraestructura Aeronáutica la declaración jurada
acompañada del original y duplicado del depósito efectuado.
Referencias al artículo
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