PRORROGA DE APLICACION DE EXIGENCIAS PARA CERTIFICACION. REGLAMENTO TECNICO DE JUGUETES




Promulgación: 27/12/2006
Publicación: 10/01/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 2022
VISTO: la insuficiencia del plazo establecido para la entrada en vigor del régimen de conformidad de seguridad de los juguetes que se comercialicen dentro del territorio nacional;

RESULTANDO: que es necesario disponer de un comercio fluido de juguetes en el período de fiestas próximo;

ATENTO: a lo dispuesto por el Decreto Nº 388/005, de 7 de octubre de 2005, modificado por Decretos 26/006, de 30 de enero de 2006, 222/006, de 10 de julio de 2006 y 468/006, de 24 de noviembre de 2006;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Postérgase hasta el 31 de marzo de 2007 la aplicación de las exigencias de certificación preceptuadas por el Decreto Nº 388/005, de 7 de octubre de 2005, modificado por los Decretos 26/006, de 30 de enero de 2006, 222/006, de 10 de julio de 2006 y 468/006, de 24 de noviembre de 2006. 

(*)Notas:
Ver vigencia: Decreto Nº 120/007 de 30/03/2007 artículo 1.

TABARE VAZQUEZ - JORGE LEPRA - REINALDO GARGANO - DANILO ASTORI - MARIA JULIA MUÑOZ 
Ayuda