VACUNA ANTIAFTOSA. ELABORACION IMPORTACION Y USO




Promulgación: 29/12/1989
Publicación: 28/03/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1989
  •    Página: 836
Referencias a toda la norma

DE LAS NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE CONTRALOR

Artículo 20

    A los fines de contralor, las vacunas serán fiscalizadas del punto de
vista físico- químico, de esterilidad, tolerancia, inocuidad y eficacia.

 Los métodos para el contralor de eficacia serán los siguientes:
  I) de índice de protección "K" sobre bovinos;
 II) índice de protección "C" sobre cobayos; y
III) índice de seroneutralización "S" en cultivos celulares;
 IV) índice de seroprotección en ratones lactantes;
  V) porcentaje de protección a la generalización podal sobre bovinos;
 VI) otros métodos que sean oficialmente reconocidos a nivel
internacional. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 549/992 de 10/11/1992 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 642/989 de 29/12/1989 artículo 20.
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