Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 2
La información se proporcionará exclusivamente a los propietarios o titulares de explotaciones agropecuarias, quienes deberán proporcionar la siguiente documentación:
a) Cédula de identidad y credencial cívica, y
b) Planilla de Contribución Inmobiliaria o declaración jurada 1977 de
DINACOSE.
Cuando se trate de arrendatarios, la planilla de Contribución Inmobiliaria será sustituida por la certificación de inscripción del contrato de arrendamiento.
En caso de apoderados, deberá presentarse carta-poder del propietario o titular de la explotación