REGLAMENTACION DE LA LEY 19.111 RELATIVO A LA REGULACION DEL REGIMEN SANCIONATORIO EN LO REFERENTE A LA CERTIFICACION DE ORIGEN




Promulgación: 14/03/2014
Publicación: 24/03/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 327
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.111 de 23/07/2013.
Referencias a toda la norma

Artículo 11

 A partir de los 180 días a contar de la vigencia del presente Decreto,
las bases de datos en las que conste información respecto a todos los
certificados de origen emitidos así como los certificados de origen
emitidos y los siguientes documentos asociados: Declaración Jurada de
Origen, factura de exportación y factura comercial de insumos, deberán ser
resguardados en tiempo real en formato digital en conformidad con lo
dispuesto por la Asesoría de Política Comercial.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 13 (vigencia).
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