COMERCIO EXTERIOR. DETRACCION A LAS EXPORTACIONES DE CUEROS




Promulgación: 27/12/2006
Publicación: 10/01/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 2009

Artículo 2

 La tasa de detracción a los productos precedentemente mencionados en las posiciones arancelarias incluídas, corresponderá al establecido en el Decreto 456/984 de 22 de octubre de 1984.

(*)Notas:
Ver vigencia: Decreto Nº 144/023 de 17/05/2023 artículo 3.
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