ACTUALIZACION DE LA NORMATIVA SOBRE ESCUELAS PRIVADAS DE ENFERMERIA Y EL ALCANCE DE LAS COMPETENCIAS DEL MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA AL RESPECTO




Promulgación: 25/02/2025
Publicación: 12/03/2025
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 15

   (Anexos). Constituye "anexo" la organización institucional que se localiza en la misma ciudad que la sede central o filial, con igual personería jurídica que ésta. Para solicitar la habilitación de un anexo, la institución deberá contar con la habilitación vigente para su sede central y deberá cumplir con los requisitos formales y sustanciales enunciados en el presente Decreto.
   Los anexos únicamente podrán desarrollar los cursos que previamente fueron habilitados para la sede central o la filial en su caso. 
   El plazo de la habilitación del anexo coincidirá con el plazo de la habilitación dispuesto para su sede central.
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