REGLAMENTACION DE LA LEY 19.855, QUE CREA UN MARCO REGULATORIO PARA EL CONSUMO PROBLEMATICO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS




Promulgación: 17/02/2020
Publicación: 03/03/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.855 de 23/12/2019.

CAPÍTULO I - REGISTRO DE VENDEDORES DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS

Artículo 9

   Encomiéndase al Ministerio de Salud Pública y a la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC), la instrumentación de un trámite en línea para la inscripción de los sujetos alcanzados por la obligación de inscribirse en el Registro en el plazo de 60 (sesenta) días corridos a contar desde la aprobación del presente Decreto.
Ayuda