FONDO DE PROTECCION INTEGRAL DE LOS VIÑEDOS




Promulgación: 17/12/1992
Publicación: 12/01/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1992
  •    Página: 1076
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.311 de 15/10/1992.
Referencias a toda la norma
    Visto: para su reglamentación la ley 16.311, de fecha 15 de octubre de
1992.

    Resultando: por la citada ley se crea el "Fondo de Protección integral
de los Viñedos", administrado por el Instituto Nacional de Vitivinicultura
y fiscalizado por la Comisión Honoraria prevista a tales efectos por el
artículo 3º.

    Considerando: I) Conveniente proceder a reglamentar la ley que crea el
"Fondo de Protección Integral de los Viñedos";

II) Que el Instituto Nacional de Vitivinicultura ha prestado su aprobación
al contenido del decreto reglamentario, en especial lo relacionado con el
precio.

   Atento: a lo preceptuado por el ordinal 4º del artículo 168 de la
Constitución de la República y el artículo 12 de la ley 16.311, de 15 de
octubre de 1992,

                        El Presidente de la República

                                    DECRETA:

Artículo 1

    El "Fondo de Protección Integral de los Viñedos", creado por la ley
16.311, de 15 de octubre de 1992, será destinado a indemnizar a los
viticultores afectados por fenómenos climáticos, reducir las primas de los
seguros vigentes y ampliar, sus coberturas y promover la reconversión de
la producción vitivinícola.

LACALLE HERRERA - ALVARO RAMOS - IGNACIO DE POSADAS MONTERO
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