APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO Y DE INVERSIONES. EJERCICIO 2006. ADMINISTRACION NACIONAL DE CORREOS




Promulgación: 27/12/2006
Publicación: 29/12/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 1976
Referencias a toda la norma

Artículo 6

    Trasposiciones para el presupuesto de inversiones. Las trasposiciones
de asignaciones entre proyectos de un mismo programa, entre rubros de un
mismo proyecto así como las modificaciones entre componente nacional e
importado serán autorizadas por el Directorio de la Administración
Nacional de Correos, dando cuenta dentro de los diez días subsiguientes a
la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas.
   Las trasposiciones de asignaciones entre proyectos de distintos
programas y las modificaciones de las fuentes de financiamiento, deberán
ser autorizadas por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y del Tribunal de Cuentas.
   Las solicitudes de modificación del Plan de Inversiones previstas
precedentemente, deberán ser solicitadas en forma fundada por el jerarca
del organismo y deberán incluir la información sobre cualquier cambio a
operar en los siguientes elementos de proyectos a modificar:
   a) asignación por rubros,
   b) componente nacional e importado,
   c) fuentes de financiamiento.
   En el caso de incorporación de un nuevo proyecto, se deberá remitir
además su descripción completa de acuerdo a las instrucciones impartidas
por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a los efectos de la
formulación del Plan de Inversiones Públicas.
   Los proyectos cuyas asignaciones hayan sido utilizadas total o
parcialmente como reforzantes de otros proyectos, no podrán ser reforzados
posteriormente.
   Asimismo los proyectos que hayan sido reforzados, no podrán ser
utilizados como reforzantes.
   Lo dispuesto en este párrafo se aplicará por fuente de financiamiento.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 19 (vigencia).
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