BIENES DEL ESTADO. BIENES INMUEBLES. NOMINA ACTUALIZADA DE BIENES DE SU PROPIEDAD NO AFECTADOS




Promulgación: 07/08/1975
Publicación: 19/08/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 329
                 

     Visto: la ley 14.282 de 8 de octubre de 1974, por la que se faculta
a la Dirección Nacional de Vivienda para enajenar los inmuebles de su
propiedad.

     Resultando: I) Que el artículo 3º de la referida norma establece la
obligatoriedad para todas las dependencias del Estado, Entes Autónomos,
Servicios Descentralizados y Gobiernos Departamentales, de elevar a la
Dirección Nacional de Vivienda, la nómina completa de los terrenos de su
propiedad, así como de las propiedades no ocupadas por servicios del
Estado;

     II) Que el mismo artículo comete a la reglamentación que se dicte al
respecto, establecer los plazos, forma y condiciones en que tal
obligación debe cumplirse.

     Considerando: I) Que, conforme a las facultades que la ley 14.282,
confiere a la Dirección Nacional de Vivienda, resulta primordial para
esta contar cuanto antes con las nóminas ya señaladas, en especial la de
aquellos bienes que, por no estar ocupados en la actualidad por servicios
del Estado, están en condiciones de ser adquiridos por esa Dirección para
el cumplimiento de sus cometidos;

     II) Que, por otra parte, resulta conveniente uniformizar la forma de
presentación de las nóminas indicadas por parte de los distintos
organismos a fin de facilitar a la Oficina destinataria la evaluación y
procesamiento de la información recibida.

     Atento: a lo dispuesto por el artículo 3º de la ley 14.282 de 8 de
octubre de 1974, y a la propuesta de la Dirección Nacional de Vivienda,

     El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

Todas las dependencias del Estado, Entes Autónomos, Servicios
Descentralizados y Gobiernos Departamentales deberán elevar a la
Dirección Nacional de Vivienda, antes del 1º de octubre de 1975, la
nómina completa y actualizada al 1º de julio de ese año, de los terrenos
de su propiedad no afectados, con carácter estable, a servicios del
Estado. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 4 y 5.

BORDABERRY - FEDERICO SONEIRA - HUGO LINARES BRUM - GUIDO MICHELIN SALOMON - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - WALTER RAVENNA - DANIEL DARRACQ - EDUARDO CRISPO AYALA - ADOLFO CARDOSO GUANI - JOSE E. ETCHEVERRY STIRLING - JUSTO M. ALONSO LEGUISAMO - JULIO EDUARDO AZNAREZ
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