ADECUACION DE NORMATIVA SOBRE LA APLICACION DE PATRONES DE CLASIFICACION Y TIPIFICACION OFICIAL VIGENTES PARA CARNES VACUNAS




Promulgación: 31/10/1979
Publicación: 06/12/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 1039
Referencias a toda la norma
 Visto: que se han detectado ciertas irregularidades operativas en el
mercado de abasto que, en definitiva, redundan en perjuicio para el
consumidor.

 Considerando: I) La conveniencia de adecuar la aplicación de los patrones
de Clasificación y Tipificación Oficial vigentes para las carnes vacunas,
que determine una optimización del destino final de las reses de acuerdo a
las calidades previstas;

II) La necesidad de uniformizar la calidad de los productos destinados al
abasto a efectos de garantizar una adecuada protección al consumidor;

III) Beneficioso, asimismo, adoptar las medidas tendientes al mejor
aprovechamiento de los subproductos;

IV) Que este tipo de normas no interfiere las reglas del libre juego del
mercado, determinado en oportunidad de aprobarse las medidas del 11 de
agosto de 1978 para el sector agropecuario.

 Atento: a lo establecido por los decreto 545/969, de 3 de noviembre de
1969 y 583/970, de 19 de noviembre de 1970 y 461/975, de 5 de junio de
1975,

                   El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

 Cométese a la Dirección de Industria Animal de la Dirección General de
los Servicios Veterinarios del Ministerio de Agricultura y Pesca, por
intermedio de su División Tecnología, la Clasificación y Tipificación,
Control de "dressing" Sellado y Control en planchada de las carcasas que,
con destino a abasto, procesen los establecimientos de faena habilitados
por el Ministerio de Agricultura y Pesca.

MENDEZ - JUAN C. CASSOU
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