CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 1. COMERCIO




Promulgación: 18/12/1990
Publicación: 19/02/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

  Fíjase un incremento sobre las remuneraciones vigentes al 31 de agosto
de 1990, del 32 % (treinta y dos por ciento) integrado por 6,3 %
correctivo previsto en el decreto 446/990, del 27 de setiembre de 1990;
16.3 % equivalente a la inflación proyectada para el cuatrimestre y 8.38 %
a cuenta de la recuperación. 
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