Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 3
Autorízase al Ministerio de Agricultura y Pesca para que, en el momento
que lo estime necesario, disponga que el aporte a que se refiere el
artículo 9o. de la resolución del Poder Ejecutivo 2.291/974, de 8 de
noviembre de 1974, sea efectuado por todas las empresas pasteurizadoras
del país.