Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 2
Dispónese que todos los porcentajes acordados en el Convenio, salvo los
dispuestos en la cláusula octava del mismo, podrán trasladarse al precio
de los bienes y/o servicios de la actividad, de acuerdo a la incidencia de
los salarios en la estructura de costos de cada empresa.