Prohíbase la faena de bovinos para el abasto y venta de carne vacuna en las carnicerías y expendios habilitados en todo el territorio nacional, los días viernes, sábados y domingos.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas): Decreto Nº 702/968 de 21/11/1968 artículo 1, Decreto Nº 669/968 de 07/11/1968 artículo 1.