Fíjanse los siguientes salarios mínimos por categoría, con carácter nacional, con vigencia desde el 1° de octubre de 1985 al 31 de enero de 1986:
NIVEL I: Encargado de contabilidad, Encargado de Oficina, vendedor y capataz N$ 24.000.00:
NIVEL II. Auxiliar primero, auxiliar de ventas, encargado de sucursal, encargado de mantenimiento, encargado de limpieza, encargado de taller, cajero N$ 21.000.00;
NIVEL III. Auxiliar segundo, cobrador servicio fúnebre largador de servicio fúnebre, pintor chapista, electricista, herrero, mecánico
N$ 18.000.00;
NIVEL IV. Auxiliar tercero, tramitador, chofer, oficial albañil, oficial sanitario, oficial de obra N$ 15.000.00;
NIVEL V. Ayudante chofer, lavadores, porteros, serenos, limpiadores, cocineros, mozos, recepcionistas y telefonistas,
N$ 12.000.00.
Cobradores de previsoras de servicios fúnebre N$ 12.000.00
A los efectos de los salarios mínimos que anteceden se consideran incluidos los sueldos así como demás partidas de carácter remuneratorio
tales como comisiones. (*)