Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 9
La remuneración del personal de la Administración Nacional de Usinas y
Trasmisiones Eléctricas se regirá por la siguiente escala sueldos
básicos, a precios de enero 2005:
CATEGORIA RETRIBUTIVA - DENOMINACION SUELDO
02 Ayudantes y Peones. $ 3.252,56
03 Ayudantes y Peones. $ 3.804,17
05 Oficial 3ra. $ 3.804,17
07 Oficial 2da. $ 4.455,45
09 Oficial 1ra. $ 5.223,76
11 Encargados. $ 6.230,68
13 Jefes Administrativos. $ 6.230,68
14 Jefes de Sección. $ 7.741,32
15 Ayudantes. $ 8.799,27
16 Peritos. $ 10.004,96
17 Jefes Técnicos. $ 10.004,96
18 Jefes de Unidad $ 12.459,36
19 Técnicos Profesionales. $ 17.368,20
21 Profesionales. $ 21.663,47
22 Jefes de Departamento B.$ 22.952,03
23 Jefes de Departamento B.
Prof. $ 25.228,52
25 Jefes de Departamento A.$ 27.732,63
28 Subgerentes. $ 34.618,97
32 Gerentes de Sector. $ 40.816,71
33 Gerentes de División. $ 48.129,99
34 Gerentes de Area. $ 56.759,68
36 Subgerente General. $ 61.376,01
37 Gerente General. $ 63.341,58