TRANSFERENCIA DE RUBROS PRESUPUESTALES. PARTIDAS PRESUPUESTALES




Promulgación: 09/02/1994
Publicación: 24/02/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
  Visto: lo dispuesto por la Ley Nº 16.170 de 28 de diciembre de 1990 y
Ley Nº 16.226 de 29 de octubre de 1991, Rendición de Cuentas y Balance de
Ejecución Presupuestal ejercicio 1990.

   Resultando: I) que el Ministerio de Transporte y Obras   Públicas en
cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 54 del decreto ley 15.167 del
6 de agosto de 1981 y artículo 226 de la ley Nº 16.226 del 29 de octubre
de 1991, propone la distribución por rubro del crédito autorizado por la
Ley Nº 16.170 del 28 de diciembre de 1990 y la Ley Nº 16.226 del 29 de
octubre de 1991.

     II) que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto no formula
objeciones al respecto.

     III) que la Contaduría General de la Nación al tomar la intervención
que le compete manifiesta que la fecha de vigencia de los valores del
citado plan es del 31 diciembre de 1992.

     IV) que se han cumplido todos los requisitos legales reglamentarios
en la materia.

   Atento: a lo preceptuado por el Art. 54 del decreto ley 15.167 del 6 de
agosto de 1981, el art. 60 de la Ley 16.170 de    28 de diciembre de 1990
y el art. 32 y 226 de la ley 16.226 del 29 de octubre de 1991.

              El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase en el Programa 001 Secretaría de Estado la transferencia de $
5.692.124 (cinco millones seiscientos noventa y dos mil ciento
veinticuatro pesos uruguayos) al proyecto 853 "Mantenimiento del programa"
del Programa 001: del Proyecto 701 "Gastos de Estudio" por $ 354.00
(trescientos cincuenta y cuatro mil pesos uruguayos); Proyecto 702
"Convenios" por $ 5.300.000 (cinco millones trescientos mil pesos
uruguayos); Proyecto 906 "Plan Nacional de Conteos de Tránsito" por $
35.124 (Treinta y cinco mil ciento veinticuatro pesos uruguayos) y
Proyecto 907 "Asistencia Técnica" por $ 3.000 (Tres mil pesos uruguayos).
 

Artículo 2

   Apruébase la transferencia en el Programa 003 - Dirección Nacional de
Vialidad, de $ 38.602.000 (treinta y ocho millones seiscientos dos mil
pesos uruguayos) al Proyecto 855 "Mantenimiento del Programa" FIMTOP,  del
Proyecto 734 "Ruta 30" $ 1.337.000 (un millón trescientos treinta y siete
mil pesos uruguayos) FIMTOP y $ 6.265.00 (Seis millones doscientos sesenta
y cinco mil pesos uruguayos). ENDEUDAMIENTO, del Proyecto 777 "Ruta 1" $
915.000 (novecientos quince mil pesos uruguayos) FIMTOP y $ 13.760.000
(trece millones setecientos sesenta mil pesos uruguayos). ENDEUDAMIENTO,
y de los siguientes proyectos de ENDEUDAMIENTO: Proyecto 778 "Ruta 11" $
3.760.000 (tres millones setecientos sesenta mil pesos uruguayos, Proyecto
887  "Ruta 11 by - pass San José " $ 1.125.000 (un millón ciento
veinticinco mil pesos uruguayos), Proyecto 889 "Ruta 11 by - pass
Canelones" $ 915.000 (novecientos quince mil pesos uruguayos), Proyecto
944 "Ruta 3" $ 6.265.000 (seis millones doscientos sesenta y cinco mil
pesos uruguayos), Proyecto 946 "Ruta 6 - Puentes" $ 3.425.000 (tres
millones cuatrocientos veinticinco mil pesos uruguayos), Proyecto 947
"Ruta 2" $ 835.000 (ochocientos treinta y cinco mil pesos uruguayos). 

Artículo 3

   Apruébase la transferencia en el Programa 004 - Dirección Nacional de
Hidrografía de $ 11.409.811 (once millones cuatrocientos nueve mil
ochocientos once pesos uruguayos) al Proyecto 856 "Mantenimiento del
Programa", del Proyecto 815 "Puerto Piriápolis" por $ 3.442.191 (tres
millones cuatrocientos cuarenta y dos mil ciento noventa y uno pesos
uruguayos), Proyecto 831 "Ampliación Atracadero Puerto Punta del Este" $
5.855.666 (cinco millones ochocientos cincuenta y cinco mil
seiscientos sesenta y seis pesos uruguayos), Proyecto 915 "Muelle Nueva
Palmira" $ 1.922.696 (un millón novecientos veintidós mil seiscientos
noventa y seis pesos uruguayos), Proyecto 917  "Atracadero Puerto
Concordia (Colonia)" $ 1.671 (mil seiscientos setenta y uno pesos
uruguayos), Proyecto 923 "Dragado Paso Almirón" $ 1.671 (mil seiscientos
setenta y uno pesos uruguayos), Proyecto 873 "Reconstrucción muelle
principal Punta del Este" $ 185.916 (ciento ochenta y cinco mil
novecientos dieciséis pesos uruguayos). Todos los créditos precedentes son
con financiación FIMTOP.  

Artículo 4

   Apruébase la transferencia en el Programa 005 Dirección Nacional de
Arquitectura de $ 1.007.146 (un millón siete mil ciento cuarenta y seis
pesos uruguayos) al Proyecto 857 "Mantenimiento del Programa", del
Proyecto 759 "Investigación de Estudio y Preinversión" por $ 67.114
(sesenta y siete mil ciento catorce pesos uruguayos), el Proyecto 762
"Adquisición de Maquinaria" por $ 275.314 (Doscientos setenta y cinco mil
trescientos catorce pesos uruguayos), el Proyecto 925 "Refacción y
adecuación edificio M.T.O.P." $ 587.000 (quinientos ochenta y siete mil
pesos uruguayos), Proyecto 763 "Renovación del parque automotor" $ 28.413
(veintiocho mil cuatrocientos trece pesos uruguayos), Proyecto 764
"Regionales Dirección Nacional de Arquitectura" $ 49.305 (cuarenta y nueve
mil trescientos cinco pesos uruguayos).  

Artículo 5

   Apruébase la transferencia en el Programa 006 Dirección Nacional de
Topografía de $ 1.656.030 (Un millón seiscientos cincuenta y seis mil
treinta pesos uruguayos) al Proyecto 858 "Mantenimiento del Programa", del
Proyecto 765 "Expropiaciones para Obras del Plan de Inversiones".  

Artículo 6

   Apruébase la transferencia en el Programa 007 Dirección Nacional de
Transporte de $ 2.056.000 (Dos millones cincuenta y seis mil pesos
uruguayos) al Proyecto 859 "Mantenimiento del Programa", del Proyecto 766
"Adquisición e Instalación de Balanzas" por $ 1.055.000 (un millón
cincuenta y cinco mil pesos uruguayos); Proyecto 768 por $ 338.000
(trescientos treinta y ocho mil pesos uruguayos); Proyecto 851   por $
143.000 (ciento cuarenta y tres mil pesos uruguayos); Proyecto 852 por $
210.000 (Doscientos diez mil pesos uruguayos) y Proyecto 847 por $ 310.000
(trescientos diez mil pesos uruguayos). Los créditos de los proyectos 766
y 768 son en moneda extranjera, por lo que requieren un cambio de
componente.

Artículo 7

   Apruébase el Plan de Mantenimiento del Inciso 10 Ministerio de
Transporte y Obras Públicas para el ejercicio 1993, que totaliza $
259.130.192 (doscientos cincuenta y nueve millones ciento treinta mil
ciento noventa y dos pesos uruguayos) a valores de diciembre de 1992 de
acuerdo con la distribución de Programas y Rubros de gastos indicados en
los Anexos Nº 1 a 4 que forman parte integrante de este Decreto. (*)

(*)Notas:
El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en el 
Diario Oficial correspondiente.

Artículo 8

   Los rubros de retribuciones personales se ajustarán de acuerdo con los
incrementos que otorgue el Poder Ejecutivo a los Funcionarios Públicos, y
los restantes en la oportunidad y por el porcentaje que determine el Poder
Ejecutivo de conformidad con lo dispuesto por el Art. 82 de la Ley 15.809
del 8 de abril de 1986.  

Artículo 9

   La suma total de $ 259.130.192 a que asciende el monto del referido
Plan, se financia así: $ 225.958.464 (doscientos veinticinco millones
novecientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos sesenta y cuatro pesos
uruguayos) FIMTOP, y $ 33.171.728 (treinta y tres millones ciento setenta
y un mil setecientos veintiocho pesos uruguayos) Endeudamiento. 

Artículo 10

   El Ministerio de Transporte y Obras Públicas comunicará el detalle de
las imputaciones a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a la
Contaduría General de la Nación con los mecanismos implementados por esta
última a tales efectos.  

Artículo 11

   Comuníquese, dése cuenta a la Asamblea General y previa toma de razón
por la Contaduría Central y la Auditoría del Tribunal de Cuentas de la
República destacada en el mismo, archívese.  

LACALLE HERRERA - JUAN CARLOS RAFFO - IGNACIO DE POSADAS MONTERO
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