RECOPILACION DE NORMAS RELATIVA A LOS TRIBUTOS RECAUDADOS POR LA DGI




Promulgación: 21/09/1988
Publicación: 06/10/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1988
  •    Página: 462
Referencias a toda la norma

CAPITULO IX - FACILIDADES

Artículo 95

    Requisitos. - A los efectos de acogerse al régimen de facilidades,
los deudores deberán formular las declaraciones juradas y presentar los
anexos que determine la Dirección General Impositiva.
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