RECOPILACION DE NORMAS RELATIVA A LOS TRIBUTOS RECAUDADOS POR LA DGI




Promulgación: 21/09/1988
Publicación: 06/10/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1988
  •    Página: 462
Referencias a toda la norma

CAPITULO IV - TRANSPORTE DE BIENES

Artículo 60

     Adquisición o enajenación de bienes durante el recorrido.- Los
contribuyentes mencionados en el artículo 58 que adquieran o enajenen
bienes durante el recorrido del transporte, deberán justificar
documentalmente la cantidad física en existencia en oportunidad de su
control.  (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 388/992 de 17/08/1992 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 597/988 de 21/09/1988 artículo 60.
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