AUDITORIA DE MUERTES FETALES TARDIAS, INFANTILES Y MATERNAS OCURRIDAS EN EL PAIS




Promulgación: 06/10/1987
Publicación: 30/10/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 487
Referencias a toda la norma

Artículo 7

 El Departamento Materno Infantil del Ministerio de Salud Pública,
devolverá información en forma períodica a los niveles que correspondan,
para lo cual se destinaran los Recursos Humanos necesarios, para
administración y estadística.
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