CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 25. INDUSTRIA HOTELERA




Promulgación: 18/12/1990
Publicación: 16/01/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 3

   Dispónese que todos los porcentajes acordados en el Convenio podrán
trasladarse al precio de los bienes y/o servicios de la actividad, de
acuerdo a la incidencia de los salarios en la estructura de costos de cada
empresa.
Ayuda