Asignaciones Familiares. El pago se regirá por las siguientes normas: para la Asignación Familiar de acuerdo a las disposiciones del decreto del Poder Ejecutivo 531/984, del 29 de noviembre de 1984 para las Primas por Matrimonio y Nacimiento de acuerdo a la ley 15.767 del 13 de setiembre de 1985, para la Prima por Hogar Constituído, de acuerdo a lo dispuesto por el decreto ley 15.728, del 8 de febrero de 1985 y la ley 15.748, del 14 de junio de 1985.