Reglaméntase el artículo 19 de la Ley Nº 13.782, Rendición Nacional de Cuentas, en lo referente a la integración del costo, recargos, correspondiente a la utilidad ficta de los bienes gravados.
Derogada/o por: Decreto Nº 39/973 de 16/01/1973 artículo 52.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas): Decreto Nº 620/970 de
01/12/1970 artículo 11.
Reglamentario/a de: Ley Nº 13.782 de 03/11/1969 artículo 19.