DIRECCION GENERAL DE LUCHA CONTRA EL CRIMEN ORGANIZADO E INTERPOL. COMETIDOS




Promulgación: 08/02/2011
Publicación: 17/02/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 318
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículo 246.

Artículo 2

 Serán cometidos de la Dirección General:
- la prevención, control y represión del crimen organizado; dentro del
  principio de cooperación recíproca, y con arreglo a lo establecido en la
  Convención de Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada
  Transnacional y sus Protocolos complementarios;
- la prevención y represión de los Ilícitos económicos, informáticos y
  complejos que ameriten su intervención;
- brindar asistencia a las autoridades de la policía criminal de los
  países miembros de la Organización Internacional de Policía Criminal;
- cumplir en lo que fuere aplicable, las decisiones de la Asamblea
  General de la referida Organización;
- la selección y entrenamiento de su personal;
- la formación de un registro en que figuren todas aquellas
  organizaciones y delincuentes cuya actividad ilícita a nivel nacional o
  internacional se relacionen con la materia de esta ley;
- la producción de todos aquellos informes que correspondan conforme a
  las convenciones suscritas por la República referidas a la temática;
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