CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 28 INDUSTRIA FARMACEUTICA LABORATORIOS DE ESPECIALIDADES FARMACEUTICAS (INDUSTRIALES Y COMERCIALES)




Promulgación: 01/09/1986
Publicación: 27/10/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 4

   Increméntase con carácter nacional para los trabajadores del Grupo 28 "Industria Farmacéutica" Laboratorio de Especialidades Farmacéuticas (Industriales y Comerciales) a partir del 1º de junio de 1986, y hasta el 30 de setiembre de 1986, las remuneraciones vigentes al 31 de mayo de 1986, de conformidad con el artículo siguiente.
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