COMETIDOS DE LA DIRECCION NACIONAL DE IDENTIFICACION CIVIL. CEDULA DE IDENTIDAD




Promulgación: 24/07/1975
Publicación: 30/07/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 201
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.193 Derogada/o de 09/05/1974.

Artículo 18

   La Dirección Nacional de Identificación Civil, resolverá con el
asesoramiento de la Comisión Honoraria Técnico Asesora, la situación de
las personas que a su juicio se encuentran imposibilitadas totalmente de
obtener, aun en el futuro, los recaudos que esta reglamentación exige
para la expedición de cédulas de identidad con plazo de vigencia normal.
A ese efecto y con el asesoramiento indicado, apreciará en base a los
antecedentes que se encuentran en su poder, si procede expedir la cédula
con el plazo de vigencia referido.
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