Establécense, para los productos que seguidamente se indicarán, los
planes de muestreo y criterios microbiológicos que seguidamente se
señalan:
a) Para carne, vacuna fresca y refrigerada, así como congelada
(canales, desosado y cortes especiales), el siguiente plan de
muestreo: n = 5c = 2;
b) Para carne fresca y refrigerada (canales y cortes) los siguientes
criterios microbiológicos: m = 5 x 105 M = 107:
c) Para carnes congeladas (canales, desosado y cortes
especiales): m = 5 x 105 M = 107.