Establécese un plan de muestreo de tres clases, en razón de existir un
margen de tolerancia respecto a la presencia de cierto número de
microorganismos aerobios mesófilos totales. Fíjanse los valores n, c, m y
M, a los efectos precedentemente indicados, cuya significación será la
siguiente:
n - Número de muestras que serán analizadas procedentemente de un lote de
alimentos, para satisfacer los requerimientos de un plan de muestreo en
particular.
c - Máximo número de unidades defectuosas, por encima del cual el lote
sobre el que se efectúa el muestreo será rechazado y de consiguiente no
podrán ser destinados al consumo humano.
m - El valor "m" separará los productos aceptables de los que resultan
aceptables provisionalmente.
En un plan de dos clases separará la calidad buena de la defectuosa.
En un plan de tres clases, separará la calidad buena de la marginalmente
aceptable.
M - Este valor delimitará, dentro de un plan de tres clases, la calidad
marginalmente aceptable de la defectuosa. Los valores iguales o mayores de
"M" serán inaceptables.
Para los productos aceptables no existirá limitación de destino, los
lotes defectuosos no podrán ser destinados al consumo humano y para los
marginalmente aceptables, su destino será el que determine la Dirección de
Industria Animal.